Inspección periódica
Según el Real Decreto 919/2006 de 28 de julio por el que aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, las instalaciones individuales de gas propano deben pasar una inspección periódica obligatoria que consiste en la comprobación de la estanquidad, a través de sus partes visibles y accesibles, y en la verificación del buen estado de conservación de la misma; se comprueba la combustión de los aparatos a gas y la correcta evacuación de los productos de la combustión, constatando su adecuación a las condiciones reglamentarias de seguridad.
De acuerdo con la reglamentación vigente, el mantenimiento, conservación y buen uso de la instalación de gas es responsabilidad del titular de la misma o, en su defecto, del usuario. La inspección de la instalación debe realizarla cada 5 años. Mediante una carta dirigida al titular del contrato, le informamos de las dos opciones que tiene a la hora de realizar dicha inspección.
- La primera consiste en realizarla con una empresa instaladora habilitado . En este caso, nos deberá avisar en el plazo de un mes desde el escrito que le enviaremos y dicha empresa deberá facturar el importe a IBERPROPANO, quien a su vez repercutirá dicho importe al titular de la póliza, así como, la empresa instaladora deberá remitir un IBERPROPANO:
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- Certificado de inspección de instalación individual de gas y aparatos.
- Certificado de empresa habilitada.
- Seguro en vigor de responsabilidad civil.
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- La segunda consiste en realizarla con IBERPROPANO . Para ello, nos pondremos en contacto con usted previamente vía carta y / o cartel de aviso en finca indicando la fecha a partir de la cual nuestro personal pasará por su vivienda o local para llevarla a cabo.
La prestación del servicio de inspección periódica tiene un coste regulado que le cobrará SIEMPRE IBERPROPANO en factura en ambas opciones. En ningún caso deberá abonar cantidad alguna en el momento de la visita.
Nuestro inspector, que acudirá a su domicilio debidamente identificado con un carné acreditativo, realizará:
Ausencia de fugas
Comprobación de la ausencia de fugas en la instalación de gas.
Dispositivos de seguridad
Comprobación de los dispositivos de seguridad de los aparatos de gas.
Monóxido de carbono
Comprobación del nivel del monóxido de carbono.
Análisis
Análisis de combustión de la caldera y/o calentador.
En caso de que el inspector de Iberpropano detecte defectos en la instalación o en los aparatos de gas, se anotará en el apartado correspondiente del Certificado de Inspección Periódica/Informe de anomalías y se le informará de ello para que pueda proceder a su corrección en un máximo de 6 meses. Sólo si la anomalía es grave, se le cortará el suministro de gas a la instalación o se le precintarán los aparatos de gas.
Una vez subsanados dichos defectos, deberá comunicarlo a Iberpropano para poder volver a pasar a comprobar su instalación. No olvide corregir dichos defectos, recuerde que es por su seguridad.
Le recordamos que, la inspección periódica es de carácter obligatorio y la no realización de la misma es motivo para el corte de suministro.